jueves, 23 de junio de 2011

DERECHOS


FIBROMIALGIA: DERECHOS y TRAMITES en ARGENTINA


DERECHO A
Adquirir un automotor nacional sin pagar IVA o importado a valor FOB (valor del automóvil en su país de origen) sin pagar impuestos

LIMITACIONES
El beneficiario no debe ganar más de pesos 8.000 mensuales aproximadamente. Su grupo familiar conviviente no debe ganar más de pesos 16.000 mensuales aproximadamente ni poseer bienes por más de pesos 309.000 aproximadamente. Se debe tener imposibilidad o dificultad para viajar en transporte público de pasajeros. Tener el valor total en efectivo. El automotordebe ser standard (el de menor valor en su categoría).

NORMATIVA
.Ley 19.279 art. 3 inc. b) y c)

DERECHOS
Poseer un símbolo internacional de libre tránsito y estacionamiento.

La persona con discapacidad o algún familiar conviviente debe poseer autómovil. Se debe tener certificado de discapacidad expedido por el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad.

Ley 19.279 art. 12

DERECHOS
Jubilarse con 20 años de servicio y 45 de edad los trabajadores dependientes o 50 los autónomos.

Tener la capacidad laborativa reducida en un 33% como mínimo. Haber trabajado los últimos 10 años inmediatos a la solicitud de jubilación en estado de incapacidad laborativa. Estar afiliado al Régimen Nacional de Previsión.

Ley 20.475


Inscribirse a fin de obtener la concesión de un pequeño comercio en alguna sede administrativa.

Ley 24.308


DERECHOS
Crear Talleres Protegidos de Producción con ayuda económica estatal y beneficios impositivos.
Presentación de proyectos y solicitud en el Ministerio de Trabajo cuyo plazo de tramitación no es inferior a 1 año.

Ley 24.147

DERECHOS
Reclamar la plena accesibilidad al medio físico (espacios libres como parques y plazas, baños públicos, edificios de uso público como universidades o ministerios, edificios de viviendas, estaciones de transportes públicos, quita de obstáculos en la vía pública como pozos o carteles que impidan el pazo, etc).

Ley 24.314
DERECHO
Solicitar la exención del pago de patentes de automotor.

Previamente se debe poseer Símbolo Internacional de Libre Tránsito y Estacionamiento (ver más arriba en este cuadro).

DERECHO
No ser discriminado.

Ley 25.280

DERECHO
Cobertura integral (100%) de los gastos de medicamentos.

Ley 23.661 art. 28


DERECHO
Libre elección de prestadores.

Ley 23.661 art. 25

DERECHO
Solicitar un "Pase Libre" en transporte público (colectivo, tren, subte, avión) para la persona con discapacidad y de ser necesario para su acompañante.

Poseer certificado de discapacidad. Se debe elegir un solo medio de transporte. En caso de ser para colectivos es para una sóla linea.
Para media y larga distancia se debe hacer una solicitud cada vez que se tenga que viajar.

Ley 22.431 art. 20 y Ley 23.876 art. 1

DERECHO
Integrarse a la educación común.

Ley 24.195 art. 5 inc. k)


DERECHO
Una cobertura total (100%) por parte del las Obras Sociales, las Prepagas o el Estado que incluye:
1 Terapias y Rehabilitación (estimulación temprana-psicología-terapia ocupacional-centro de rehabilitación psicofísica-rehabilitación motora-sillas de ruedas-odontología integral-estudios genéticos-y toda otra rehabilitación o terapia).
2 Transporte (a pesos 0,35 el kilómetro recorrido ida y vuelta más un 35% si la persona necesita ayuda para subir y bajar).
3 Educación (tanto escuela especial como común y maestro/a integrador/a).
4 Internación (hogar, residencia, centro de día, etc.).
5 Prevención (estudios de diagnóstico y control aunque no estén dentro de los servicios que brinda la prepaga u obra social
6 Grupo Familiar (apoyo psicológico al grupo familiar).
7 Otras Prestaciones (Atención a cargo de especialistas que no pertenezcan al cuerpo de profesionales de la obra social o prepaga pero que deban intervenir indispensablemente).

Demostrar la necesidad de la prestación cuya cobertura integral se solicita. Poseer certificado de discapacidad.

Ley 24.901

DERECHO
Solicitar una pensión no contributiva por invalidez.

Poseer una discapacidad mínima 76% (física o mental).
No tener beneficios sociales. No tener ingresos ni bienes ni recursos de cualqquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y su grupo familiar. No tener familiares obligados a dar alimentos en condiciones de brindarlos.

Ley 18.910

11 comentarios:

  1. Hola Marcela: gracias por tu interes y compartir Cómo podemos movernos quienes sufrimos de Fibromialgia. Mi nombre es Maria,soy de Trenque Lauquen, tengo 37 años,tengo el diagnostico hace 6 años, tambien soy celiaca. Tengo familia, mi esposo monotributista con quien yo trabajaba, pero no puedo hacerlo mas. Y nuestra hija de 10 años. Quisiera saber en mi situacion como puedo obtener ayuda. Tenemos muchos gastos de medicamentos e incluso alimentos. Me hablaron de pension o jubilacion. Realmente la situacion es muy dificil,no puedo ayudar a mi hija ni siquiera programar una salida. No se que necesitas saber. Pero mi salud esta muy complicada, afectandome el habla, pensamiento, memoria, lectura,etc.complicandolo todo. Estamos pagando una obra social que va por monotributo,pero ademas un plus que es elevado,pero nos ayuda bastante,con la medicacion, medicos,terapias,cirujias incluso. Te agradezco que leas mi escrito. Gracias de todo corazon.

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  2. Hola Maria... no agradezcas por favor !!! ...siempre digo en este CAMINO , es un ida y vuelta ! .

    Lo que voy a comentarte , es lo que encontré en la red ..y creo que esta bastante ajustado a lo que pasa tanto con la Fibromialgia y otras pestes .

    Una buena ayuda para vos y familia , seria gestionar el Certificado de Discapacidad. Es una herramienta , que como en el caso de medicacion va a ayudarte mucho.

    En ese caso tene en cuenta …………….

    ****** "voy a definir lo que es la Enfermedad Celíaca, para todos aquellos, que principalmente piensan que “Solo es una intolerancia alimentaria”, la respuesta es NO, no solo es una intolerancia alimentaria.

    La Enfermedad Celíaca es una enfermedad (su propio nombre lo dice, no hay que ir muy allá), autoinmune crónica y sistémica. Y ¿Qué quiere decir esto?, quiere decir que es una enfermedad que en principio vamos a tener de por vida a no ser que salga algo que la cure, que a día de hoy no existe cura. Que puede afectar a todo el organismo de múltiples formas, no sólo afecta al intestino delgado, y que nos atacamos a nosotros mismos porque nuestro sistema inmune está alterado, interpreta algo bueno, como algo malo para nosotros, va al revés de como debería ir. " ...

    ESTO YA LO SABES POR EXPERIENCIA PROPIA !!!!!

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  3. Pero……. Aquí la cuestion ¡!!!

    “¿Quienes pueden solicitar una discapacidad?.

    *****Todos aquellos celíacos, que tengan una enfermedad asociada a la celiaquía. *****

    Es decir, los celíacos que sean “solo celíacos”, no pueden solicitar una discapacidad, o vamos, no es que no puedan, si pueden solicitarla, lo que pasa que ***** sería una pérdida de tiempo si lo hacen porque no se la van a conceder.****( Pasa lo mismo cn la fibromialgia )

    La Enfermedad Celíaca de por sí sola, no es discapacitante.


    ****Pero, el punto importante es que la Enfermedad Celíaca si puede llegar a ser discapacitante si no “viene sola”, y la acompaña “alguna amiga o amigas”, que son enfermedades autoinmunes asociadas a ella. ******

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  4. LAS SOCIAS POSIBLES ¡!! …( ojo ¡!! Consultar medico ¡!! ..esto esta información de un grupo de celiacos ¡! )

    ****atologías que pueden asociarse con la enfermedad celíaca.

    Enfermedades inmunológicas:

    . Hepatitis autoinmune

    • Diabetes tipo I.

    • Tiroiditis.

    • Enfermedad de Addison.

    • Miastenía Gravis.

    • Anemia hemolítica autoinmune.

    • Neuropatía IgA.

    • Púrpura trombocitopénica.

    • Agammaglobulinemia A selectiva.

    • Cirrosis biliar.

    • Enfermedades reumáticas.

    • Sjogren.

    • Enfermedades inflamatorias Intestinales

    • Enteropatía por intolerancia a la leche de vaca.

    • Aftas recidivantes.

    . Alergias (dermatitis atópica, sinusitis o rinitis) y Asma

    . Lupus Eritematoso Sistémico

    . Psoriasis

    . Nefropatía por IgA


    Patología neurológica y psiquiátrica

    • Autismo y esquizofrenia.

    • Polineuropatías.

    • Atrofia cerebral con demencia.

    • Encefalopatía progresiva.

    • Calcificaciones cerebrales con Epilepsia.

    . Ansiedad y Depresión


    Otras asociaciones.

    • Síndrome de Down.

    • Fibrosis quística.

    • Hipoplasia del esmalte dental.

    • Cistinuria.

    • Enfermedades malignas.

    • Dermatitis Herpetiforme.

    . Vitíligo, alopecia areata


    Complicaciones


    . Atrofia esplénica

    . Osteoporosis

    . Crisis celíaca

    . Yeyunoileítis ulcerativa crónica

    . Esprue colágeno

    . Esprue refractario

    . Linfomas intestinales

    . Carcinomas digestivos de:

    • Faringe

    • Esófago

    • Estómago

    • Recto

    . Sobrecrecimiento bacteriano

    . Colitis microscópica

    . Insuficiencia pancreática exocrina

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  5. Bien……… tu / tus médicos deberán hacerte una historia clínica lo mas detallada posible , de TODAS tus patologías a causa de la celiaquia y EMPEZAS ¡!!! …LA LUCHA ¡!! ...PERO SE PUEDE !!!!

    Te pido prestes atención a lo que esta remarcado con ****** ....

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  6. Certificado Único de Discapacidad - Municipalidad de Trenque Lauquen - 26/01/2016 -

    El área de Discapacidad de la Municipalidad de Trenque Lauquen recuerda que se sigue tramitando el CUD (Certificado Único de Discapacidad) en la Oficina ubicada en planta baja del Centro Cívico “La Primera”.

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  7. El CUD brinda los siguientes beneficios:
    • El acceso a la salud, ya sea mediante la cobertura de obra social (al quedar a cargo de un familiar) o bien a través del sistema público de salud,
    • La gestión de pensiones o fuentes de trabajo
    • El uso gratuito del transporte público y la eximición de impuestos

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  8. ACREDITACIÓN
    El certificado de discapacidad acredita que su titular posee una restricción o ausencia -debida a una deficiencia- de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano (adoptándose de esta forma a la definición dada por el Art. 2 de la Ley 10.592). Es decir, que acredita que la persona no posee un estado de completo bienestar físico y/o mental.
    El Certificado Único de Discapacidad es un documento público. Es la llave de acceso al Sistema de Salud y a los beneficios instituidos por la normativa en la materia, para las personas con discapacidad.

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  9. TRAMITACIÓN
    El trámite es voluntario y consta de una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán, de acuerdo a la documentación presentada por el interesado, si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de certificación de discapacidad. La persona interesada en tramitar un CUD debe dirigirse a la Oficina de Personas con Discapacidad del Municipio para solicitar un turno con la Junta Evaluadora.
    En esta certificación se establece la naturaleza de la discapacidad, como así también su grado y las posibilidades de rehabilitación. Las solicitudes para el otorgamiento de certificados de discapacidad, deberán estar acompañadas por todos los antecedentes personales del solicitante y los de índole familiar, médico, educacional y laboral, cuando así correspondiere. El dictamen que emita la Junta Médica, para la evaluación de las personas discapacitadas, deberá ser suficientemente fundado y contendrá:
    a) Diagnóstico, daño, etiología. Debe estar codificado alfanuméricamente.
    b) Grado de discapacidad o alteración funcional.
    c) Desventajas que la incapacidad acarrea al solicitante en relación a su medio familiar y social.
    d) El carácter permanente o transitorio de la discapacidad y establecerá el plazo de su validez.
    Toda persona con discapacidad que tenga que solicitar el CUD (certificado único de discapacidad) por primera vez o tenga que renovarlo y que sea titular o quiera adquirir un vehículo con exención del pago de patente, deberá avisarle a la junta médica esta intención para que, al momento de ser confeccionado el certificado, se incluyan los códigos correspondientes que se aclaran en la Resolución Normativa Nº 47/12 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, Arba.

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  10. BENEFICIOS
    1. Cobertura integral de las prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación: prevención, rehabilitación, educación, asistencia. (Leyes 22.431 y 10.592).
    2. Traslado gratuito en transporte colectivo de pasajeros. (Ley Nacional 22.431, Decreto Nacional 38/04, Ley Provincial 10.592, Decreto 1149/GBA/90).
    3. Acceso a regímenes diferenciales de seguridad social (por ejemplo, pensiones asistenciales).
    4. Asignaciones por escolaridad y asignación por hijo con discapacidad a favor del padre/madre del mismo, aun cuando fuera mayor de edad.
    5. Las personas con discapacidad motora tienen derecho a libre tránsito y estacionamiento de acuerdo a lo que establezcan las respectivas disposiciones municipales las que no podrán excluir de esas franquicias a los automotores patentados en otras jurisdicciones. Dichas franquicias serán acreditadas por el distintivo de Identificación a que se refiere el artículo 12 de la ley 19.279.
    6. Obtención de franquicias para la adquisición de automotores (Ley 19.279).
    7. Cobertura integral de medicación. (Ley 22.431).
    8. Cobertura integral de tratamiento psicológico y/o psiquiátrico, incluso de su grupo familiar. (Ley 22.431).
    9. Cobertura integral de alimentación dietoterápica que no se produzca en el país. (Ley 22.431). 10. Diagnóstico, orientación y asesoramiento preventivo para los miembros del grupo familiar de pacientes que presentan patologías de carácter genético hereditario. (Ley 22.431).
    11. El acceso a la obra social de algún familiar conviviente

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  11. Intentalo !!! habla primero con los médicos que te atienden sobre una historia clínica bien detallada y lo vas a lograr !!!!

    Un abrazo, seguimos en CAMINO !!! ...y contame si lo lograste .

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